Argentina: Un fallo leve, pero que obliga en adelante




El reciente fallo de la Cámara Primera del Crimen de la ciudad de Córdoba que condenó a quienes realizaron fumigaciones en áreas urbanas con agroquímicos y provocaron contaminación, motivó variados comentarios en el ámbito nacional, y por cierto que no todos favorables. El hecho de que los jueces, tras prolongado debate, hayan encontrado culpables solamente a un productor agropecuario y al piloto que hacía las fumigaciones, y que la pena aplicada sea condicional, es algo que resulta difícil de entender al ciudadano común, siempre desconfiado de los vericuetos de la ley. Esta sospecha coincide con los familiares de las personas afectadas, que no vacilan en señalar que el fallo estuvo lejos de hacer justicia.
Es que la acusación era realmente grave, al margen de la escasa o nula jurisprudencia al respecto: contaminar con agroquímicos, mediante fumigaciones clandestinas en sembradíos de soja zonas cercanas a un barrio de la capital cordobesa y sus inmediaciones. El rociado de los cultivos se hacía por vía aérea, empleando glifosato y endosulfan, agroquímicos que son consideradas sustancias peligrosas para la vida humana.
La situación no es nueva. Desde hace ya varios años este diario, lo mismo que muchos otros medios del país, ha destacado el peligro de la fumigación indiscriminada, cuyo empleo aumentó exponencialmente con el cultivo de la soja, a la que se aplica mayoritariamente. En el norte argentino llegaron a ocurrir hechos de considerable violencia por la misma causa: pulverización desaprensiva y continuada sobre poblaciones desguarnecidas. Los resultados, según los estudios más imparciales, fueron atroces, destacando el aumento de abortos espontáneos y nacimientos con malformaciones.
La causa cordobesa, sin embargo, no consideró si hubo relación entre las fumigaciones y las enfermedades y muertes denunciadas por los vecinos del barrio afectado, cuestión que será debatida en otro proceso pendiente. Sin embargo, y más allá de los muy atendibles cuestionamientos al fallo, la acción judicial sentó un precedente muy significativo en lo que hace a las cuestiones medioambientales: a través de la sentencia -la primera en su clase en el país-, los magistrados determinaron que hubo delito en la manera en que se aplicaron las fumigaciones.
La queja que llevó al juicio se originó en la acción de un grupo de vecinos de la zona, la organización Madres de Ituzaingó -nombre de la barriada afectada-, que se convirtió en símbolo de los reclamos contra la contaminación con agrotóxicos, que llevaban más de una década. Ciertamente, parece demasiado tiempo para una cuestión de tan inusitada gravedad como es la salud pública. Frente a esa morosidad es comprensible la indignación que ganó a los demandantes ante una condena tan leve, especialmente existiendo pruebas tan contundentes.
Resulta ofensivo comprobar que, existiendo en esa provincia una ley relativa a la forma de aplicación de los agroquímicos, no sólo se la haya ignorado abiertamente sino que los mecanismos institucionales de defensa del ciudadano hayan necesitado una década para cumplir con sus deberes. Para la actitud de los empresarios que anteponían sus intereses a la salud general no hay -o quizás sobran- los calificativos.
Ojalá este juicio, y el que seguramente vendrá, sirvan para escarmentar en cabeza ajena a todos los protagonistas de situaciones similares que se han dado en el resto del país. Aunque no reconocidas oficialmente y sin llegar a esos extremos, en nuestra provincia es sabida la existencia de fumigaciones en silos y depósitos de agroquímicos en zonas cercanas o directamente dentro de radios urbanos. Se impone vigilar e imponer acciones directas antes que las consecuencias obliguen.
LA ARENA - Imagen: fronterainformativa.wordpress.com

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