Argentina: Ley de Agrotóxicos de la Provincia de Buenos Aires


SOLICITUD DE ADHESION


El 27 de Octubre de 2015 la ONG Naturaleza de Derechos y miembros de la Red de Abogadxs de Pueblos Fumigados han llevado adelante la presentación de un documento ante el Presidente de la Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires bajo Nro Leg 141/ 15-16 con el fin de denunciar el intento de aprobación express de un proyecto de ley que busca modificar la actual ley de agrotóxicos provincial N° 10.699.

Este documento denuncia que el tratamiento de este proyecto no sólo contiene irregularidades en el procedimiento de aprobación, sino que además, desconoce principios legales establecidos incluso por la Constitución Nacional Argentina.
La Cámara de Senadores intenta aprobar el proyecto en tiempo record, sólo con el dictamen favorable de la Comisión de Ambiente, evitando el giro correspondiente a las Comisiones de Salud Pública, Organización Territorial y Derechos Humanos y Garantías aún cuando el mismo texto del anteproyecto reconoce que “el objetivo de esta ley es la propensión a la protección de la salud humana y de los ecosistemas, optimizando el manejo y la utilización de agroquímicos”
 Además de violar procedimientos legales básicos para la aprobación de una ley, la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires intenta ignorar la obligación de los poderes del estado de establecer lineamientos para una democracia participativa (establecidos en la Constitución Nacional de 1994) y el objetivo presente en la Ley General del Ambiente (N°25.675) que consagra la participación ciudadana como elemento central de la política ambiental.
Finalmente, este proyecto de ley viola el orden público ambiental que establece el principios de no regresión, es decir que ninguna nueva ley puede hacer retroceder derechos ambientales ya consagrados por una ley anterior. Asimismo vulnera los principios de precaución y prevención.
Concretamente el proyecto intenta disminuir la distancia de las fumigaciones aéreas de 2km a 500 metros (en relación a las plantas urbanas) para productos clase III y IV. Al mismo tiempo, establece distancia cero de protección para las fumigaciones terrestres. Esto permitirá que el presente cóctel de agrotóxicos que incluye el glifosato y otros productos (recordemos que muchos de ellos son permitidos por la legislación argentina, cuando son considerados de alta peligrosidad por organismos internacionales e inclusive como probables y posibles cancerigenos por la Agencia Internacional del Cáncer) sean utilizados casi sin restricciones. 
Desde nuestros espacios de lucha acompañamos esta denuncia, y mostramos seria preocupación por la ofensiva que el estado provincial está llevando adelante con el fin de continuar consolidando un modelo de agronegocio que nos está matando. Consideramos que este proyecto de ley intenta avanzar sobre las luchas que han logrado cristalizar sus triunfos en ordenanzas municipales que establecen distancias ejemplares de fumigación e intenta doblegar nuestros esfuerzos por garantizar el cumplimiento de nuestros derechos humanos y políticos.
Los legisladores de la provincia de Buenos Aires no sólo dan vuelta la cara a las evidencias concretas de cómo los agrotóxicos nos enferman y nos matan en los campos, en los pueblos, en las escuelas de nuestra provincia, sino que además intentan avasallar nuestro derecho a participar en decisiones de carácter público que atentan directamente contra los intereses de nuestra ciudadanía.
Por todo esto:
*Exigimos que se frene el tratamiento de este proyecto de ley provincial y que se abra un real debate público sobre la problemática de los agrotóxicos. 

*Convocamos a los ciudadanos y ciudadanas a participar de esta denuncia  enviando un correo electrónico a los legisladores, que contenga el siguiente texto o firme esta carta en http://www.naturalezadederechos.org/senado2.htm

Por medio de la presente me dirijo a usted con el fin de exigir el no tratamiento del proyecto de ley “Regulando la utilización de productos biológicos o químicos en el sector agropecuario y derogando la ley 10.669, sus modificatorias y decretos reglamentarios”, Expediente: E 166 2014 – 2015.
Exijo, además, que se lleve adelante un proceso de consulta pública con todos los sectores sociales interesados, cumpliendo los Artículos 2 inc. C de la Ley Integral del Medio Ambiente y los Recursos Naturales N°° 11.723, de la Provincia de Buenos Aires, y la Ley General del Ambiente, N° 25.675. 
Finalmente, demando que se debata públicamente el texto de este proyecto que atenta directamente contra los principios de no regresión, precaución y prevención establecidos por la legislación ambiental de nuestro país y desconoce la doctrina judicial de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.”

Agradezco su atención,
Firma y número de documento
Gracias!

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